30.000 PERSONAS SE BENEFICIARÁN DE LA NUEVA LEY DE SANIDAD UNIVERSAL

El Consell ha publicado hoy en el DOCV  el decreto ley de Sanidad Universal que reforzaría la medida adoptada ya por Montón el pasado día 16, mediante la que se pretende acabar con el «modelo discriminatorio de Sanidad que había implantado el PP en la Comunitat Valenciana», según afirmó la consellera en una rueda de prensa.

La Conselleria de Salud Pública emitió el pasado viernes, después de que se aprobara la medida en el Consell, las primeras tarjetas SIP a 14 personas extranjeras en situación irregular, de las 30.000 que se beneficiarían de la nueva medida de Conselleria, después de tres años sin cobertura sanitaria desde la aplicación del Real Decreto en 2012 por el que se excluía a los inmigrantes sin papeles de la asistencia.

Los primeros en obtener las nuevas tarjetas han sido ocho mujeres y seis hombres de entre 25 y 69 años. Tres de ellos procedentes de Paraguay, dos de Argelia, dos de Colombia y otros dos de Nigeria. El resto son originarios de Brasil, Ucrania, Moldavia, Senegal y Guatemala.

La Conselleria introdujo el pasado lunes día 20 de julio los cambios en la aplicación informática, y a lo largo de esta semana se han transmitido instrucciones generales a los principales colectivos sanitarios.

Según fuentes de Conselleria, se habría puesto en marcha un tutorial informático para el personal sanitario, ya que tendrán de hacerse cargo de comprobar el cumplimiento de los requisitos de los nuevos usuarios que son los siguientes:

1. Tener la condición de extranjero, mayor de edad, no registrado ni autorizado a residir en España.
2. Acreditar que se está empadronado con residencia efectiva en algún municipio de la Comunitat Valenciana un mínimo de tres meses.
3. No tener reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM) la condición de asegurado o beneficiario del sistema nacional de salud, ni tener posibilidad de acceso a cobertura sanitaria pública por cualquier otro título y no poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde el país de origen o procedencia.
4. No poder acceder a cobertura sanitaria en el SNS al amparo de los reglamentos comunitarios y convenios internacionales existentes en materia de asistencia sanitaria.
5. Acreditar, mediante el informe social correspondiente, la imposibilidad de suscripción del convenio especial a que se refiere el Decreto 190/2013, de 20 de diciembre, del Consell.

DECRETO LEY 3/2015, de 24 de julio, del Consell, por el que regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.

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