EL DOGV PUBLICA EL DECRETO QUE REGULA EL ACCESO UNIVERSAL A LA ATENCIÓN SANITARIA EN LA COMUNITAT

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado el Decreto 169/2017, de 3 de noviembre, a través del que se regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.

Este documento tiene como objeto establecer, en el ámbito del Sistema Valenciano de Salud, los requisitos que garanticen el acceso a las prestaciones sanitarias a aquellas personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes en España y con residencia efectiva en la Comunitat Valenciana, que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del sistema nacional de salud.

Igualmente, este Decreto pretende facilitar la labor de todos los agentes, profesionales de la asistencia, personal funcionario y personas solicitantes, que intervienen en los procesos de acceso universal a la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana, agilizando la tramitación y reduciendo los plazos administrativos.

Por tanto, y de forma general, establece el texto que las personas que se pueden beneficiar son aquellas no aseguradas, ni beneficiarias del sistema Nacional de Salud, que tengan la condición de persona extranjera, mayor de edad, no registrada ni autorizada a residir en España, pero que acrediten que se están empadronadas con residencia efectiva en algún municipio de la Comunitat Valenciana un mínimo de tres meses.

Los solicitantes, además, deben no tener reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o por el Instituto Social de la Marina (ISM), la condición
de persona asegurada o beneficiaria del Sistema Nacional de Salud, ni tener posibilidad de acceso a cobertura sanitaria pública por cualquier otro título y no poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde el país de origen o de procedencia. Además, deben no poder acceder a cobertura sanitaria en el Sistema Nacional de Salud al amparo de los reglamentos comunitarios y convenios internacionales existentes en materia de asistencia sanitaria.

Las personas interesadas en acogerse deberán presentar la solicitud de acceso universal a la atención sanitaria, que se encuentra disponible en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat en internet, https://sede.gva.es. Para formalizar este trámite deben presentar el certificado de empadronamiento, el documento de identidad vigente, el certificado de no exportación del derecho de cobertura sanitaria desde el país de procedencia, y el informe médico que justifique la tramitación de urgencia.

Los interesados en acceder al texto completo de este decreto pueden acceder al siguiente enlace. DOGV / COECS.

Related posts

El COECS celebra que la Diputación de Castellón exija un mayor número de plazas universitarias de Enfermería

El Planetario de Castellón acogerá el 5 de junio la Jornada sobre Enfermedades Raras en la que colabora el COECS

El COECS y ACEESE-CV reivindican la necesidad de incorporar más enfermeras escolares ante la “gran escasez” en los Centros de Educación Especial