EL BOE MARCA LA ENTRADA EN VIGOR DEL POLÉMICO DECRETO DE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

Tras su aprobación el pasado mes de octubre por el Consejo de Ministros el Real Decreto de Prescripción Enfermera entra hoy en vigor al ser publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado. Con el título de Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros se oficializa una prescripción enfermera que nace con un amplio rechazo de la profesión y de multitud de agentes sociales y políticos que ya han manifestado su oposición a esta normativa.

El documento, en el que se determinan las actuaciones de los enfermeros en materia de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos, así como la elaboración y validación de protocolos y guías de práctica clínica para la indicación de productos sujetos a prescripción médica y los procesos de acreditación de los profesionales, mantiene en su totalidad el artículo 3, (el más polémico puesto que indica que los enfermeros sólo podrán prescribir medicamentos bajo la supervisión de un médico excepto aquellos que queden fuera de la competencia del facultativo, es decir, los que el paciente o ciudadano puede adquirir libremente en cualquier farmacia sin necesidad ni indicación por parte de un profesional de la Sanidad).

Según la Mesa Enfermera, formada por el Consejo General de Enfermería y el sindicato Satse, este artículo 3 no estaba en el borrador que Sanidad les presentó tres días antes en el borrador, y se incorporó a última hora a instancias del colectivo médico.

Con esta norma, ya en vigor, los enfermeros deberán contar con el consentimiento de un médico cuando administran, por ejemplo, una vacuna al paciente, cuando aplican algunas cremas con antibióticos o cuando regulan la medicación a los pacientes crónicos en las consultas de enfermería.

Obligación de cursar 180 horas lectivas para prescribir

De igual forma el RD obliga a los enfermeros que quieran prescribir a realizar un curso de formación de 180 horas de formación -o su equivalente en créditos ECTS- para poder ejercer esta competencia -ya de por sí limitada por el propio RD-. Este apartado ha sido contundentemente respondido por el Fórum enfermeros del Mediterráneo, Cecova y el Colegio Oficial de Enfermeros de Castellón que, en su momento, ya destacaron que la formación universitaria de los enfermeros es más que suficiente para acreditarles en la prescripción de medicamentos. Gabriel Ferrándiz/COECS.

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