EL CONSELL PRESENTA SU PROYECTO DE LEY DE SALUD CON LA OPOSICIÓN DE LOS SINDICATOS

El Consell ha aprobado hace pocos días el Proyecto de Ley de Salud de la Comunitat, que ha sido calificado por el titular de Sanitat, Manuel Llombart, como «nuevo marco global e integrador de ordenación de la sanidad pública», de la que destaca «su alto grado de consenso alcanzado con los colectivos profesionales y sociales, y cuyo contenido ha sido debatido en el Consejo de Salud de la Comunitat, lo que permitirá que tenga permanencia en el tiempo».

Según Llombart, «se tata un ambicioso proyecto de refundición de siete leyes y cuatro decretos en una sola norma integral». La Ley supondrá la simplificación de la legislación sanitaria, que queda reducida a dos cuerpos legislativos: la Ley de Salud de la CV y las tres leyes que regulan la ordenación y prestación farmacéutica.

Este proyecto de Ley se enmarca dentro del II Plan de Simplificación y Reducción de Cargas Administrativas (SIRCA) 2013-2015, cuyos objetivos son «simplificar y reducir el régimen normativo autonómico, dando con ello cumplimiento al compromiso del President de la Generalitat», ha destacado el titular de Sanitat.

Los sindicatos, contra este proyecto legislativo

Desde los sindicatos con mayor representación en el ámbito sanitario ya han mostrado su rechazo a este documento por considerarlo un retroceso respecto a lo anterior. Miguel Usó, responsable e Sanidad de UGT Servicios Públicos, destaca que «este refundido de diferentes leyes anteriores es un claro retroceso que deja la puerta abierta a las privatizaciones dela sanidad pública y que, además, se remite a regular todo por reglamentos, por lo que deja mucho margen para que la Conselleria de Sanitat o el Consell sigan recortando derechos y prestaciones». Usó recuerda que la ampliación mediante reglamentos de esta ley permite obviar el paso por el debate parlamentario en Les Corts.

Desde CC.OO. su secretario general en Sanidad, Arturo León, ha manifestado que «la nueva ley de salud, es una simple recopilación de normativa dispersa, es decir, una mera compilación de normas que tiene por finalidad unir en mismo texto normativo el contenido de diferentes normas sanitarias».

Para CC.OO. esta normativa «no aporta cambios significativos y por tanto carece de valor como instrumento de transformación o de cambio del sistema sanitario».

Estructura de la Ley 

La Ley se estructura en nueve títulos, en los que además de quedar definido el Sistema Valenciano de Salud como organización, se establecen las prestaciones sanitarias a las que pueden acogerse los valencianos. También recoge las directrices en materia de salud pública y drogodependencias; concreta los derechos y deberes del ciudadano en el ámbito de la salud y define la capacidad interventora de la administración sanitaria a la hora de controlar y sancionar aquellos aspectos que afectan a la salud individual y colectiva de la población.

Según Sanitat «la nueva norma reconoce la condición de autoridad pública a los profesionales sanitarios del Sistema Valenciano de Salud en el ejercicio de las funciones, los cuales gozarán de la protección reconocida a tal condición por la legislación vigente. Esto supone una mayor protección legal ante una posible agresión y la calificación del hecho como delito de atentado y no como delito de agresión, lo que supone una pena superior».

También se refuerza la participación ciudadana en el Sistema Valenciano de Salud y para ello se prevé la creación del Comité de Pacientes de la Comunitat, como órgano de carácter consultivo.

En materia de derechos de pacientes, se simplifican los documentos del consentimiento informado respecto a la ley anterior a fin de hacer más flexible y eficiente su utilización. Asimismo, se regula el consentimiento informado para menores cuando sus progenitores estén separados o divorciados.

Investigación y aseguramiento sanitario 

En el campo de la investigación, se apuesta por la innovación y las nuevas tecnologías. Manuel Llombart ha indicado que «la investigación se dirige al desarrollo de nuevos productos y métodos diagnósticos, pronósticos y terapéuticos que redunden en una mejor práctica clínica y una mejor calidad de vida de los pacientes».

En materia de aseguramiento sanitario, se continúa con la adaptación del Sistema de Información Poblacional (SIP) al nuevo modelo de aseguramiento del Sistema Nacional de Salud, así como la consolidación y completa integración funcional con la base de datos de tarjeta sanitaria única del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Por último, se han unificado los diversos regímenes sancionadores concurrentes en materia de ordenación y asistencia sanitaria, salud pública y drogodependencias. A tal efecto, se ha dispuesto una regulación común sobre prescripción de infracciones y sanciones, criterios de graduación, sujetos responsables y procedimiento sancionador. Se establecen por ley los órganos competentes para resolver los procedimientos sancionadores y que los padres, tutores, acogedores y guardadores legales, por este orden, deberán responder solidariamente con los menores de edad del pago de las indemnizaciones y sanciones derivadas de las infracciones cometidas por ellos. Gabriel Ferrándiz/COECS.

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