La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en el que señala que las mutuas de Asturias son un recurso básico en la atención a asturianos de baja laboral y, por tanto, tienen derecho a puntuar su experiencia de cara a un futuro trabajo de forma equiparable al personal de la red concertada. De esta manera, revoca la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
En 2014, una resolución del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) convocó un proceso de actualización y valoración de méritos de su bolsa de empleo con unas bases en las que se recogían varios requisitos. Entre esto, se incluían los servicios prestados en centros de gestión privada-concertada, pero no se contemplaba a las mutuas que colaboran con la red pública de la Seguridad Social. Esto provocó una denuncia de un grupo de trabajadores en mutuas para denunciar un trato que consideraban injusto.
Ahora, el Tribunal Supremo les da ahora la razón y obliga al Sespa a equiparar la baremación de méritos de estos empleados a la de los sanitarios de la concertada. La resolución al completo se puede consultar en este enlace. COECS