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Estimados Colegiados/Colegiadas:
I. Como sabéis, existen muchas zonas sanitarias en la Generalitat Valenciana en las que los enfermeros de atención primaria padecen una gran dispersión geográfica lo que motiva que para dar cumplimiento al servicio y atención a los pacientes sea necesario el desplazamiento en vehículo.
II. Que la Consellería de Sanitat de la Generalitat Valenciana no ha facilitado ni facilita ningún medio de locomoción, necesario para poder dar una asistencia de calidad en el domicilio de los pacientes que así lo requieran.
III. Que los enfermeros que prestan servicios en dichas zonas no perciben ningún complemento retributivo por gastos de locomoción o transporte.
IV. Que para poder atender a los pacientes, al carecer de los medios necesarios facilitados por la Consellería, los enfermeros pertenecientes al Colegio de Enfermeros de Castellón se ven obligados a utilizar sus vehículos particulares. Esto supone perjuicios económicos por desgaste de vehículo, combustible, seguro obligatorio, tensión y estrés en la prestación del servicio, etc. y riesgos de accidentes y daños personales y patrimoniales.
V. Que los servicios de Asistencia de Hospitalización domiciliaria y los servicios de Veterinario en las mismas poblaciones, por contra, si están dotados de vehículos oficiales para asistir en desplazamientos al domicilio del paciente o para realizar las tareas propias de la profesión.
VI. Que la situación de discriminación que padecen los enfermeros de Atención Primaria, el riesgo laboral que supone tener que conducir su propio vehículo acudiendo a las llamadas domiciliarias, la falta de seguridad en el transporte de medicamentos en vehículo no adaptado, los riesgo de accidentes y los perjuicios patrimoniales que les ocasionan el tener que usar sus vehículos sin contraprestación alguna a cambio, motivó que la Asamblea General del Colegio de Enfermeros de Castellón del día 21-02-2013, decidió adoptar el acuerdo de ejercitar las acciones sanitarias, profesionales y legales necesarias para impedir la persistencia de esta situación.
VII. Que el Colegio Oficial de Enfermeros de Castellón ha requerido a la Consellería de Sanitat para que ponga fin a esta situación de discriminación y falta de provisión de medios para prestar sus servicios, sin que haya obtenido respuesta alguna de la administración.
Conforme al acuerdo adoptado por Asamblea General del Colegio de Enfermeros de Castellón del día 21-02-2013, se va a proceder a ejercitar por el Ilustre Colegio de Enfermeros de Castellón las acciones necesarias para evitar esta situación.
En consecuencia, aquellos enfermeros que, sin coste alguno para ellos, quieran sumarse a la reclamación frente a la Consellería, deberán pasar por el Colegio a firmar su adhesión o remitir por cualquier medio su adhesión debidamente firmada, en el plazo de quince días.
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