El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha dictado una resolución conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y de Administraciones Públicas en la que se dictan las instrucciones oportunas para que los funcionarios del Estado recuperen en su nómina de este mes el 25% de la paga extraordinaria que fue suprimida en 2012 por el Gobierno.
Con esta resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del viernes 2 de enero, Hacienda establece el procedimiento para la aplicación efectiva en el sector público estatal de la disposición adicional décimo segunda de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015, en la que comprometía la devolución de parte de la paga extra de Navidad de 2012.
El Gobierno calcula que el coste de esta devolución alcanzará los 230,8 millones de euros, el 0,5% del gasto en personal de la Administración Central para este año.
El BOE explica las instrucciones que deben seguir algunos funcionarios y personal laboral de la Administración General del Estado (AGE) que ha cambiado su situación laboral desde esa fecha y que le correspondería cobrar su parte proporcional de paga extraordinaria. Así, al personal perteneciente en 2012 al sector público estatal y que se hubiera visto afectado por la supresión de la paga o complemento adicional, y que con posterioridad haya cambiado la prestación de su servicio a otra administración, deberá realizar una petición a su anterior órgano de gestión para que le abone esa cantidad.
En el marco de las instrucciones publicadas hoy en el BOE, se establecen los pasos a seguir por aquellos funcionarios que hayan cambiado de destino dentro del sector público estatal, así como en otros supuestos. Deberá rellenar un formulario de solicitud de abono el personal público que se encuentre en situación de jubilación. En el mismo sentido, deberá rellenar un formulario de solicitud de abono el personal público que se encuentre en situación de jubilación o actualmente haya perdido su condición de empleado de la AGE, acompañado de un certificado de los importes efectivamente dejados de percibir. En el caso de fallecimiento del empleado público, los herederos podrán reclamar a la Administración el 25% de la extra suprimida en 2012.
El BOE publica tanto el formulario de solicitud de abono de la paga extra correspondiente como el relativo al certificado de importes dejados de recibir.
El BOE también tiene en cuenta otros supuestos como el de la extinción de organismos públicos con posterioridad a 2012 o los cambios de puestos del personal público dentro de la Administración. Además, publica las instrucciones de cobro relativas tanto al personal funcionario, estatutario y laboral del Convenio Único de la AGE como las relativas al personal laboral al que no le resulta de aplicación el III Convenio Único o las dirigidas a Altos Cargos.
En este caso, especifica que los secretarios de Estado, subsecretarios, directores generales y asimilados, así como consejeros permanentes y secretariado general del Consejo de Estado, recuperarán el 24,04% de los importes dejados de percibir ante la suspensión de la extra de diciembre de 2012 o sus complementos.