La ciudad autónoma de Ceuta ha convocado una bolsa de empleo para Enfermería, según publica en su boletín oficial del viernes 27 de septiembre de 2013. Según explica la autoridad competente en dicho boletín «apruébese la Convocatoria de una Bolsa de Trabajo de Diplomado Universitario en Enfermería (D.U.E) que se regirá por las Bases aprobadas por Decreto de fecha 18-07-07».
Las condiciones de los aspirantes serán las establecidas en la base 3ª de las Bases Reguladoras de las Bolsas de Trabajo (B.O.C.CE. 20-07-07), requiriéndose en la presente convocatoria tener la titulación de Grado en Enfermería o equivalente.
La puntuación mínima para ser admitido en la relación de candidatos de la bolsa es de 20 puntos, de conformidad con el baremo establecido en el Anexo I respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad. Este anexo indica que la experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 50 puntos. Por los servicios prestados, en puestos de trabajo en cualquier Administración Pública o en Entidades u Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, sustancialmente iguales al que se convoca se otorgará 0,5 puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante certificado acreditativo del periodo trabajado y categoría laboral.
Por los servicios prestados en empresa privada en puestos sustancialmente iguales al que se convoca, se otorgará 0,2 puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante el contrato y vida laboral, debiendo en caso de presentación de fotocopias, estar compulsadas.
La formación profesional puntuará hasta un máximo de 30 puntos. Por haber realizado cursos de formación y perfeccionamiento de 10 o más horas homologados por Administraciones Públicas o Entes Públicos y Organizaciones Sindicales, y Confederación de Empresarios, relacionados con las funciones propias y específicas del puesto de trabajo al que se opta, se otorgará 0,3 puntos por cada 10 horas, hasta un máximo de 30 puntos.
Otros elementos que puntúan en esta convocatoria son el hecho de ser víctima de la violencia de género, debidamente acreditado se otorgará 7 puntos. Se deberá acreditar la orden de protección a favor de la víctima. A este respecto, se podrán realizar las comprobaciones que se estimen oportunas. Excepcionalmente, será título de acreditación de esta situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género en tanto que se dicte la orden de protección. También se valorará el ser mujer desempleada de larga duración (más de 24 meses) o por ser mujer que ingresa o reingresa en el mercado de trabajo habiendo sido madres en los 24 meses anteriores, se otorgará 5 puntos. Se deberá acreditar mediante certificación expedida por el servicio competente en materia de empleo y libro de familia para el segundo caso.
Por haber superado una convocatoria para cubrir una plaza de funcionario de carrera o interino para plaza igual al objeto de la presente convocatoria, así como de laboral fijo o interino de cualquiera de las Administraciones públicas sin haber obtenido plaza, se otorgará 8 puntos. Dicho mérito se justificará mediante presentación de certificado expedido por la Administración convocante, en la que conste que el/la interesado/a superó todos los ejercicios de la fase de oposición sin haber obtenido plaza, así como la oferta de empleo público con expresión del año en el que se encuadraba la plaza objeto de la convocatoria. No se valorará en aquellos casos que consistieran únicamente en un concurso de méritos.
En cuanto al plazo de presentación de las solicitudes junto con los documentos acreditativos de los méritos alegados debidamente compulsados, será de 10 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el B.O.C.CE. (por lo que se acabará el próximo 7 de octubre). Gabriel Ferrándiz/COECS.