LA CONSELLERIA DE IGUALDAD CONFIRMA QUE EL NUEVO DECRETO DE SERVICIOS SOCIALES PERMITIRÁ A ENFERMEROS/AS DIRIGIR CENTROS SOCIALES

El secretario autonómico de Planificación y Organización del Sistema, Francesc Xavier Uceda, órgano que depende de la conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, ha confirmado en una reunión con el presidente del Consejo de Enfermería de la Comunitat Valenciana (CECOVA), Juan José Tirado, que las/os enfermeras/os sí podrán dirigir los centros sociosanitarios. Uceda ha achacado a un error en el texto el hecho de que el borrador del nuevo decreto de servicios sociales impidiera a las/os profesionales de Enfermería y a otras profesiones sanitarias desempeñar el puesto de directores y directoras de centros y servicios sociales.

En el marco de esta reunión, por tanto, el secretario autonómico se ha comprometido a cambiar el texto de la nueva norma autonómica para que las/os enfermeras/os puedan desempeñar el cargo de directoras/os de los centros sociales.

Rechazo del borrador

Desde el CECOVA han recordado en un comunicado que la institución colegial rechazó el anexo VIII del borrador propuesto por la conselleria que definía en uno de sus apartados la titulación que precisaba la persona que quisiera ejercer el cargo de director. La redacción del texto establecía que las personas que ejercieran la dirección de los centros de servicios sociales «contarán con titulación de grado o equivalente», pero también matizaba que «podrá ejercer la dirección de un centro cualquiera de las titulaciones que se exija a las personas profesionales de ese centro concreto». Por lo tanto, descartaba a las titulaciones que no sean exigibles en cada centro. Es decir, si la titulación de Enfermería no se encontraba entre los perfiles profesionales exigidos por la normativa de algunos tipos de centros porque, según el CECOVA, «en muchos casos ha sido eliminada», las/os enfermeras/os no podrán ejercer la dirección del centro o servicio.

Ese veto a la Enfermería para dirigir los centros se apreciaba en once tipos de centros, una circunstancia que para el CECOVA generaba «un agravio comparativo» para las profesiones sanitarias que, como la Enfermería, «hasta la fecha han dirigido y dirigen centros de estas características».

En esta línea, señalaba que la normativa propuesta concretaba que para la «dirección se requiere a la persona que dirige el centro residencial y ostenta la máxima responsabilidad. Deberá tener titulación universitaria relacionada con la educación social, trabajo social o psicología» pero obviaba a la Enfermería.

Cargos directivos

Desde el CECOVA se exige que se permita todas las profesiones sanitarias desempeñar cargos directivos en los entornos sociosanitarios. El ente colegial autonómico considera que la nueva normativa «debería seguir permitiendo acceder a la dirección con cualquier titulación, además de la formación específica, como recoge la actual ya que este puesto requiere en muchas ocasiones competencias que no aportan sólo las titulaciones referidas por la conselleria».

La noticia de que las/os enfermeras/os puedan seguir dirigiendo centros ha generado gran satisfacción en el colectivo de Enfermería y que ha sido aplaudida por Juan José Tirado, puesto que desde el CECOVA se habían presentado un listado de alegaciones con el objetivo de que la conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas modificará la redacción del nuevo decreto. Una legislación que, en un principio, eliminaba la figura de las profesionales de Enfermería en varios centros sociosanitarios (como los CEAM Centros Especializados de Atención a Mayores). COECS / CECOVA.

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