LA CONSELLERIA DE SANITAT INICIA LOS TRÁMITES PARA LA ADQUISICIÓN DE UN INMUEBLE PARA SU USO COMO HOSPITAL INFANTO-JUVENIL

La conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública ha anunciado a través del Diari de la Comunitat Valenciana el inicio de los trámites para la adquisición de un inmueble para su uso como hospital de día infanto-juvenil y unidad residencial infanto-juvenil.

Tal y como detalla la resolución, los requisitos del inmueble son los siguientes:

  • El inmueble debe estar situado en el municipio de Castelló de la Plana, o en sus proximidades, dentro del ámbito comprendido en el Departamento de Salud de Castelló, bien comunicado y accesible mediante el uso de transporte público.
  • Deberá estar ubicado en un entorno tranquilo, con espacios ajardinados propios. La superficie mínima de patio o espacio al aire libre ajardinado será de 1.500 m² y deberá contar con una superficie construida mínima de 1.300 metros cuadrados.
  • El uso del inmueble deberá ser compatible con el uso sanitario y encontrarse en buen estado de conservación, de tal manera que su utilización como hospital de día infanto-juvenil y unidad residencial infanto-juvenil, pueda llevarse a cabo sin necesidad de realizar grandes adaptaciones en el mismo.
  • Las instalaciones de saneamiento, fontanería, electricidad, así como de climatización, ventilación e iluminación existentes en el inmueble, deberán funcionar correctamente.
  • Se requiere que el inmueble cuente con los espacios y servicios básicos que permitan el correcto funcionamiento de los usos descritos, y en concreto deberá contar con áreas para la recepción, espacios de convivencia terapéutica polivalentes para distintos usos (salas de terapia, de reuniones, de actividades, aulas, «comfort-room», sala de juegos, etc.), cocina-office, comedor, servicios, zona para consultas, administración y enfermería.
  • El número mínimo de habitaciones individuales para pernoctación deberá ser de 15 unidades. Las habitaciones deberán contar con baño incorporado.
  • El inmueble debe tener un nivel de accesibilidad adaptado, o susceptible de serlo, para los usos considerados, con acceso exclusivo, directo y al mismo nivel desde la vía pública.
  • El importe de adquisición máximo es de 1.100.000 euros.

La resolución completa pueden consultarse en el siguiente enlace. COECS / DOGV.

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