El Consejo de Enfermería de la Comunitat Valenciana (CECOVA) ha emitido un comunicado en el que ha recordado que sendos informes publicados recientemente por un pediatra y una trabajadora social coinciden en que todos los centros educativos deberían contar la presencia de un/a profesional de Enfermería.
Tal y como han recordado desde el ente colegial autonómico, «desde la conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública se sigue rechazando». La comisionada de Atención Primaria y Comunitaria, María José Lloria, explicó que «el artículo 59.8 del texto consolidado de la ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana establece que los centros docentes específicos de educación especial estarán dotados de personal de enfermería que dependerá orgánicamente del departamento sanitario correspondiente», pero matizó: «dicha ley no obliga a la implantación de enfermera escolar en todos los centros escolares de la Comunitat Valenciana», es decir, dejando claro que sólo se atiende a los colegios de educación especial, pero a los de educación ordinaria.
Postura opuesta
Tal como han detallado desde el CECOVA, esta posición se opone frontalmente al aval y respaldo de los expertos para que se instaure la figura de la enfermera escolar en todos los centros educativos. Muestra de ello, han recordado, ha sido el informe que ha redactado un pediatra sobre el historial clínico de un niño diabético de dos años del CEIP l’Illa de Castellón y que concluye que «Paciente de dos años con diabetes mellitus con mal control. Presenta hiperglucemias e hipoglucemias frecuentes. Precisa controles continuos de glucemia y modificaciones en la pauta de insulina por lo que para su escolarización requiere enfermera escolar”.
La otra prueba de la necesidad de contar con la figura profesional de la enfermera en los centros educativos se observa en el informe de la trabajadora social del Equipo de Atención Primara Básica de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Castellón.
En su texto expone: «Se valora necesario, de cara a la cobertura de sus necesidades básicas y al desarrollo evolutivo y para prevenir posibles situaciones de desprotección, que el niño acuda al centro escolar pese a tratarse de una etapa no obligatoria. Para ello, es imprescindible que se dote al centro escolar de esta figura profesional (enfermera escolar). Todo ello en base a la resolución de 27 de julio de 2022 del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones para la organización y el funcionamiento de las escuelas de infantil de primer ciclo de titularidad de la Generalitat para el curso académico 2022-2023».
El mismo informe aclara que la ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, modificada por la Ley 8/2018, de 20 de abril de la Generalitat Valenciana, establece en su artículo 54 sobre Los derechos generales y ámbito de aplicación: «Todas las personas menores de edad tienen derecho a la protección y atención sanitaria, así como a los cuidados necesarios para su salud y bienestar en su calidad de usuarios y pacientes del sistema valenciano de salud. El artículo 59 establece que las acciones en materias de Salud Escolar exigen la actuación coordinada de los departamentos competentes en materia de sanidad y educación».
En la misma línea apostilla que, según la normativa de la Conselleria de Educación, «el primer ciclo de Infantil tiene carácter compensador de las desigualdades sociales y tiene especial relevancia la detección y la atención temprana al alumnado que pueda presentar necesidades educativas especiales, así como al alumno con condiciones médicas crónicas que requieren atención especial y a los niños y niñas con riesgo psicosocial o maltrato».
Tal y como han recordado desde el CECOVA, estas tesis que refuerzan la reivindicación disponer de profesionales de Enfermería en todos los centros educativos por su labor asistencial (patologías crónicas y de especial seguimiento) y de prevención de la salud. Las enfermeras/os en los colegios e institutos constituyen un instrumento fundamental de trabajo, porque pueden orientar y formar a todos los trabajadores del centro, a los alumnos y hasta a sus familias, mejorando la calidad de vida y los conocimientos que los alumnos tienen en sobre la salud, y así adquirir tos hábitos saludables en esta etapa de su vida. COECS / CECOVA.