El Cecova y los Colegios de Enfermería de Alicante, Castellón y Valencia informan que en la Mesa Sectorial de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública celebrada el pasado viernes -15 de enero de 2016- se ha aprobado un proyecto de Decreto del Consell, por el que se regulan los días adicionales de la licencia por asuntos particulares y de las vacaciones del personal estatutario del Servicio de Salud de la Comunidad Valenciana.
Con la aprobación del citado proyecto de Decreto se equipara en dichos derechos al personal estatutario de la Conselleria de Sanitat con el resto del personal que presta sus servicios en la Generalitat Valenciana.
En relación con los días adicionales de asuntos particulares el personal estatutario de la Conselleria tendrá derecho a dos días adicionales de esta licencia al cumplir el sexto trienio, y un día más adicional por cada trienio que se cumpla a partir del octavo, sin límite en cuanto al número de los mismos. Procede señalar que se recupera esta licencia de días adicionales de asuntos particulares por cumplimiento de trienios que ya disfruto el personal estatutario hasta el año 2012.
Días extra de vacaciones tras 15 años de servicio
Asimismo se reconoce el derecho de los trabajadores de la Conselleria a generar el derecho a un día adicional de vacaciones al cumplir el año en que acredite quince años de servicios prestados, otro al cumplir veinte, otro al cumplimiento de veinticinco y un cuarto cuando se cumplan treinta años de servicios prestados. Es importante señalar que el reconocimiento de estos días adicionales de vacaciones es un nuevo derecho que hasta ahora nunca se había reconocido al personal estatutario de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, pero si lo había disfrutado el personal funcionario de la mayoría de las Administraciones Públicas.
Durante el año 2016 procede el reconocimiento de todos los días adicionales de libre disposición por cumplimiento de trienios así como de los días adicionales de vacaciones por antigüedad, pero además se reconoce el derecho al disfrute de dichos días generados durante el año 2015.
En concreto, los días adicionales de la licencia de asuntos particulares generados en el ejercicio 2015 podrán ser disfrutados de la siguiente manera: tres días hasta el 1 de abril de 2016, y el resto, en el caso de personal con derecho a más de tres días adicionales, hasta el 31 de marzo de 2017. Y en relación con el disfrute de los días adicionales de vacaciones por antigüedad generados durante el año 2015 se reconoce el derecho al disfrute de hasta dos días adicionales de vacaciones como máximo que se deberán disfrutar en un período que se extiende hasta el 30 de junio de 2016.
Por otro lado, manifestar que el proyecto de Decreto citado deberá ser aprobado por el Consell de la Generalitat Valenciana, y posteriormente ser publicado en el DOCV para que los derechos que contiene dicho proyecto entren en vigor, previéndose que la aprobación citada y la posterior publicación se producirán en un breve plazo de tiempo.