El Diari de la Generalitat Valenciana ha publicado la Orden 2/2019, de 14 de enero de 2019, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se aprueban las bases reguladoras y se establece el procedimiento de concesión de las ayudas del Programa de fomento del trabajo autónomo en la Comunitat Valenciana.
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA), las personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que:
- Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social.
- Cumplir, dentro del año natural de la convocatoria, un período de cotización mínimo de tres años y máximo de cinco años ininterrumpidos.
- Desarrollar su actividad económica a título lucrativo, de forma habitual, personal y directa en la Comunitat Valenciana.
- No contar con más de nueve trabajadores o trabajadoras contratados por cuenta ajena el día de publicación de la convocatoria en el Diari
- Oficial de la Generalitat Valenciana.
- Tener cumplidos 19 años de edad.
Cuantía de la subvención
La cuantía de la subvención será de 2.850,00 euros en los supuestos de mujeres víctimas de violencia de género, personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, víctimas del terrorismo o personas con 48 o más años de edad.
Recibirán 2.700,00 euros, en los demás supuestos.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes para la obtención de las subvenciones reguladas en este capítulo, junto con la documentación requerida, se presentarán únicamente de forma telemática, sin perjuicio de las formas previstas en la legislación de procedimiento administrativo común, de acuerdo con los modelos oficiales disponibles en la Sede Electrónica de la Generalitat, mediante el procedimiento que figura publicado y disponible en la misma Sede Electrónica de la Generalitat.
Toda la información sobre esta subvención está disponible en el siguiente enlace. DOGV / COECS.