El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado jueves este jueves 27 de septiembre la decisión del pleno del Tribunal Constitucional de admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad que presentaron senadores del PP en el Senado contra el artículo único en su apartado 65 de la Ley 8/2018, de modificación de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana.
Esta ley contempla que la Generalitat Valenciana, a través de la conselleria competente en materia de Sanidad, «colaborará con las universidades de titularidad pública y los centros de formación profesional estableciendo acuerdos entre las universidades y los centros de estudios de las instituciones sanitarias para garantizar la docencia práctica y clínica de las titulaciones que así lo requieran y priorizará las impartidas en centros de titularidad pública y con sometimiento a la normativa de aplicación y regulación específica en materia de incompatibilidades».
Según detalló en la sentencia este tribunal, los recurrentes consideraron que esta ley podía vulnerar los artículos 149.1.1 y 149.1.16 de la Constitución en la medida en que la modificación legal «contraviene el artículo 104 de la Ley General de Sanidad y el artículo 14 de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, así como la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica de Universidades», es decir, que en definitiva, podía suponer una exclusión de las universidades privadas del régimen de cooperación educativa en materia sanitaria de la Generalitat Valenciana. BOE / COECS.