Ayer, lunes 30 de marzo, el Ministerio de Sanidad, publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden SND/299/2020, de 27 de marzo, a través de la que se modifica la Orden SND/ 232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Este texto establece la prórroga de la contratación de los residentes en el último año de formación de las especialidades de Enfermería del Trabajo, Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermería Geriátrica y Enfermería Pediátrica. Del mismo modo, recoge que quedan suspendidas las rotaciones en curso o programadas de los residentes, para que estos puedan prestar servicios en aquellas unidades en las que se precise un refuerzo del personal.
Prolongación de estancia
Según recoge el texto, se podrá autorizar la prolongación de la estancia más allá de los meses permitidos dentro de cada periodo de evaluación anual, permaneciendo en la misma unidad, o autorizando una nueva rotación que tenga como objetivo la adquisición de competencias en control de las enfermedades y las situaciones de emergencia, independientemente del año de residencia y de la especialidad.
El Ministerio de Sanidad gestionará las solicitudes de las comunidades autónomas o de los centros de la Administración General del Estado, que, no contando con residentes en formación, precisen de los servicios de estos profesionales.
Este documento especifica, además, que se podrá contratar a todos los enfermeros que realizaron las pruebas del EIR en 2018 para el acceso en el año 2019 a plazas de formación sanitaria especializada y que, habiendo superado la puntuación mínima en el ejercicio, no resultaron adjudicatarios de plaza. Lo mismo, en el caso de las pruebas en 2019 y superaron la puntuación mínima sin conseguir plaza.
La orden completa está disponible en el siguiente enlace. COECS.