El nuevo Decreto de Atención Primaria consolida la Especialidad y blinda la ratio en 1.500 pacientes

Autoría: Ariadna Creus i Àngel García

  • La norma contempla la reconversión progresiva de las plazas actuales a la categoría de Enfermera Especialista en Familiar y Comunitaria

  • Se regulan por ley las funciones de la Enfermería Escolar y se crean Jefaturas propias con autonomía de gestión

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado hoy el Decreto 9/2026, de 23 de enero, por el que se establece la nueva estructura, organización y funcionamiento de la Atención Primaria y Comunitaria. Esta norma supone un cambio de paradigma para la profesión enfermera, recogiendo reivindicaciones históricas que dotan de mayor autonomía, liderazgo y estabilidad al colectivo.

Desde el Colegio Oficial de Enfermeros y Enfermeras de Castellón (COECS), desgranamos los cuatro pilares fundamentales de este nuevo texto legal:

1. Apuesta decidida por la Especialización

El decreto marca el camino hacia la profesionalización cualificada. La Disposición Adicional Tercera contempla la reconversión progresiva de las plazas actuales de enfermería en plazas de la categoría de Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria. Además, se establece como requisito que las personas titulares de las Direcciones de Enfermería de Atención Primaria estén en posesión de dicho título de especialista, poniendo en valor la formación académica avanzada.

2. Ratios por ley para garantizar la calidad

Por primera vez, se blinda normativamente la carga de trabajo. El texto fija una ratio de referencia de 1.500 Tarjetas Sanitarias Individuales (TSI) por enfermera/o en cada Zona Básica de Salud. Esta medida busca reducir la presión asistencial y permitir dedicar más tiempo de calidad al paciente crónico y a la educación para la salud.

3. Reconocimiento jurídico de la Enfermería Escolar

La figura de la enfermera escolar deja de ser un «limbo» normativo. El artículo 59.n define explícitamente sus funciones (promoción de la salud, atención a urgencias y seguimiento de patologías crónicas en centros educativos). Asimismo, la Disposición Final Primera compromete a la Conselleria a desarrollar un reglamento específico que determine sus requisitos y adscripción, un paso gigante para la implantación real de esta figura en todos los centros.

4. Liderazgo y Autonomía de Gestión

La enfermería gana peso en la toma de decisiones. Se crean y consolidan las Jefaturas de Enfermería de Atención Primaria y Comunitaria, equiparándolas en jerarquía a la estructura hospitalaria. Estas jefaturas tendrán competencias plenas para:

  • Gestionar las agendas y los cupos.

  • Organizar los recursos humanos.

  • Liderar la gestión de la demanda (triaje y resolución de procesos agudos).

  • Impulsar la docencia y la investigación en cuidados.

Mayor capacidad resolutiva

El decreto también respalda legalmente competencias avanzadas como la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos (prescripción enfermera) y la realización de cirugía menor en los centros de salud.

Desde el COECS celebramos que este nuevo marco legal escuche, por fin, las necesidades profesionales y asistenciales de la enfermería castellonense, y permaneceremos vigilantes para asegurar su correcta implementación.

🔗  [Descarga aquí el Decreto 9/2026 completo (PDF)]

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