EL TRIBUNAL SUPREMO SENTENCIA QUE LOS COLEGIOS PROFESIONALES PODRÁN COLEGIAR DE OFICIO A LOS/AS PROFESIONALES QUE EJERZAN SIN ESTAR COLEGIADOS/AS

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que en la que se declara la potestad de los colegios profesionales de incluir en los Estatutos la colegiación de oficio, que se trata de la colegiación forzosa de aquellos/as profesionales que sin estar colegiados/as, ejercen la profesión.

Esta sentencia fue dictada a instancia del Colegio de Ópticos y Optometristas de la Comunitat Valenciana pero es extensible y aplicable a todos los colegios sanitarios.

El fallo completo está disponible en el siguiente enlace. COECS / TS.

Related posts

La Comunitat Valenciana ofertará una cifra récord de 216 plazas EIR para la convocatoria de 2027

Sanidad publica la nueva resolución de acreditación para la prescripción enfermera

Información sobre la emisión del recibo colegial del segundo semestre de 2026