La Junta directiva de la Asociación Nacional de Enfermería de Salud Mental (ANESM) ante las opiniones que se vienen manifestando por las distintas redes sociales sobre una nueva vía de acceso excepcional a la Especialidad de Enfermería en Salud Mental, ha hecho llegar un escrito a los colegios profesionales y a los diferentes medios con su opinión al respecto en el que abogan por defender el rigor con que las enfermeras obtienen su formación y titulación.
La Asociación Nacional de Enfermería de Salud Mental:
En relación a la solicitud de la una nueva vía de acceso excepcional a la Especialidad de Enfermería de Salud Mental, cabe hacer las siguientes consideraciones:
– Cualquier profesional está en su derecho de dirigirse a la Administración Pública de manera individual o colectiva para denunciar, reivindicar o exponer una situación que considere lesiva a sus intereses individuales y/o colectivos para su conocimiento y para que la citada Administración actúe como consideren oportuno.
– Hablar de agravio comparativo como calificación de una determinada situación, es porque se considera que existen situaciones que vulneran las normas administrativas y legales y que por tanto en el caso de ser cierto se deben resolver en ámbitos jurídicos.
– El Sistema de formación especializada en Ciencias de la Salud ha venido regulándose y consolidándose en los últimos años dentro del marco del Espacio Europeo en Educación Superior según la legislación vigente.
– Las oportunidades de acceso a la formación especializada, están abiertas a todos los enfermeros mediante convocatoria anual, habiendo aumentado el número de plazas y de unidades docentes de manera progresiva en todo el territorio nacional.
– Que la vía excepcional, denominada así de forma legal, ya se convocó y se realizó en el año 2005, y se llevó a cabo precisamente para regular la obtención de la citada titulación.
– Mediante la citada convocatoria excepcional obtuvieron la titulación de enfermera especialista en salud mental un total de 2.857 profesionales, tratándose en su mayoría de profesionales con una larga experiencia asistencial y docente.
– A esta prueba se accedía acreditando unos requisitos de experiencia profesional y/o formación específica en determinado periodo de tiempo y como ocurre siempre que se establecen unos requisitos, hubo profesionales que quedaron excluidos. Algunos no pudieron acceder a la vía excepcional por faltarles acreditar algunos días o semanas para reunir el periodo de experiencia requerido.
– Un determinado grupo de estos profesionales que no pudieron acceder a la vía excepcional por no reunir todos los requisitos, abandonaron sus puestos de trabajo para acceder a la obtención de la especialización por la vía EIR, teniendo que cambiar en algunos casos de residencia durante el periodo de formación con el consecuente esfuerzo personal y familiar que ello les conllevó.
– Todas las especialidades tienen contemplada su vía excepcional – única – que ya se ha iniciado en otras especialidades.
– Desde la puesta en marcha en 1998 de nuestra especialidad de enfermería de salud mental por el nuevo sistema de formación denominado EIR y hasta el año 2013, se han formado un total de 1.940 especialistas, y que actualmente se pueden formar en más de 60 Unidades Docentes repartidas en 15 Comunidades Autónomas.
– No todos los profesionales formados como especialistas han tenido oportunidad de ejercer como tales en el Sistema Nacional de Salud, existiendo la necesidad de los mismos, lo cual entendemos que se trata de una mala utilización de los recursos utilizados en su formación y que no han revertido en la mejora de la atención a la población.
Es evidente que la situación planteada por el citado grupo de profesionales ha estado provocada entre otras razones por:
– La ausencia de la creación y reconocimiento de la categoría profesional de especialista en salud mental en la mayoría de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, pues son ellas las que tienen la competencia. Ello ha provocado que profesionales sin la titulación de especialistas hayan ocupado puestos en Servicios de Salud Mental y ello lleve a estos profesionales a reunir un supuesto derecho a acceder a una inexistente nueva vía excepcional para la obtención del título.
– La falta del catálogo de puestos de trabajo donde sea imprescindible estar en posesión del título de especialista para la cobertura de los mismos y que solo en situaciones excepcionales de falta de especialistas puedan ser cubiertos de manera interina por enfermeras con un determinado perfil formativo. Ello ofrecería a la población una mayor calidad en la atención de los cuidados enfermeros. La existencia del catálogo de puestos ayudaría también entre otras a determinar las necesidades de especialistas en el Sistema Nacional de Salud.
Estos dos aspectos son los considerados como los más importantes para una adecuada consolidación de nuestra profesión como especialistas dentro del Sistema Nacional de Salud y así se ha venido reconociento en todos los foros científicos celebrados en los últimos años.
Estas consideraciones nos llevan a pensar entre otras cosas a que el respeto y reconocimiento social de nuestra profesión se obtiene por el rigor con que las enfermeras obtienen su formación y titulación.
Respetando los planteamientos de cualquier colectivo, entendemos que es imprescindible exponer las circunstancias con rigor y en este caso además con objetividad administrativa, aunque ésta en ocasiones no sea de nuestro agrado o pueda resultarnos en ocasiones contraria a nuestros intereses.
Con estas consideraciones expuestas no deseamos favorecer ni perjudicar a ningún grupo profesional sino tan solo exponer nuestra opinión, que creemos es tan respetable como cualquier otra.
La Junta Directiva de la ANESM
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