La conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública ha publicado la resolución por la que se acuerdan medidas especiales de carácter preventivo en establecimientos funerarios de cualquier tipo en el ámbito de la Comunitat Valenciana, para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.
Según se detalla en esta resolución, se prohibe la asistencia de público a los velatorios de personas fallecidas por cualquier causa en instalaciones o establecimientos funerarios de cualquier tipo, públicos o privados. Únicamente podrán permanecer en los citados establecimientos funerarios los familiares de primer grado por consanguinidad y afinidad de la persona fallecida, asegurándose la adopción de las medidas preventivas individuales de distanciamiento social y etiqueta respiratoria, y colectivas de limpieza y desinfección, de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y del Ministerio de Sanidad.
En el caso de que estos establecimientos funerarios dispongan de lugares autorizados para la realización de ceremonias religiosas fúnebres, se estará a lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 463/2020.4, establece la resolución.
La vigencia de estas medidas se mantendrá durante el estado de alarma. Las personas interesadas en acceder al texto completo de esta resolución pueden hacerlo en el siguiente enlace. COECS / DOGV.