Inicio ACTUALIDAD EL TSJCV RECONOCE POR PRIMERA VEZ EL DERECHO DE UN INTERINO A PERCIBIR EL COMPLEMENTO DE CARRERA PROFESIONAL

EL TSJCV RECONOCE POR PRIMERA VEZ EL DERECHO DE UN INTERINO A PERCIBIR EL COMPLEMENTO DE CARRERA PROFESIONAL

por L. V.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido por primera vez el derecho de un facultativo con relación estatutaria temporal a percibir el complemento de carrera profesional, según notificó este tribunal en una sentencia el pasado lunes 28 de agosto.

Según detalla el texto, el desempeño con carácter interino o temporal de un puesto en igualdad de condiciones con un estatutario fijo o funcionario de carrera «comporta que la exclusión de la percepción del complemento retributivo que nos ocupa sea discriminatoria, puesto que el mismo responde a condiciones objetivas de trabajo y no a derechos estatutarios propios de la condición de estatutario fijo o funcionario de carrera», detalla.

Y añade que «no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas».

Base del litigio 

El litigio comenzó en el año 2014. La doctora demandante presentó un recurso contencioso- administrativo contra la resolución desestimatoria del gerente del Departamento de Salud de Marina Baixa, de fecha 10 de diciembre, sobre la solicitud de reconocimiento de acceso a ese complemento. TSJ / COECS.

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