Inicio EMPLEO EL TRIBUNAL SUPREMO EQUIPARA A LAS RESIDENCIAS PRIVADAS CON LAS PÚBLICAS A EFECTO DE MÉRITOS EN PROCESOS SELECTIVOS

EL TRIBUNAL SUPREMO EQUIPARA A LAS RESIDENCIAS PRIVADAS CON LAS PÚBLICAS A EFECTO DE MÉRITOS EN PROCESOS SELECTIVOS

por I. F.

El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que la experiencia obtenida por trabajar en residencias de mayores privadas es equiparable a la de las residencias públicas, toda vez que las dos ambas pueden considerarse instituciones sanitarias. En base a ello, deben ser reconocidas como tal en los procesos de selectivos de la Administración Pública. Esta sentencia se posiciona en la línea de la reivindicación histórica del CECOVA.

La sentencia del TS indica que, a los efectos de baremación de méritos en los procesos selectivos convocados por los servicios de salud, los servicios prestados en residencias privadas son equiparables a los prestados en las públicas. Además, aprovechó para recordar que ya se pronunció al respecto en 2020 y en 2022 en casos similares, en los que explicó que dicha conclusión no dependía de si la residencia era pública o privada, sino que estaba «determinada por la actividad sanitaria que allí se realiza».

La decisión del TS, según se desprende de una noticia publicada en el periódico digital Valencia Plaza, “ha recalcado que la unidad de asistencia médica de una residencia de mayores puede considerarse ‘institución sanitaria’ porque en ella se presta una ‘actividad sanitaria’. Por lo que ha concluido que «a las unidades de asistencia sanitaria de residencias de mayores de titularidad privada, permanentes, organizadas y adecuadamente dotadas con personal cualificado y medios, cabe entenderlas integradas en el sistema y organización de esas residencias».

Desde el CECOVA, su presidente, Juan José Tirado, quiere expresar su satisfacción por el hecho de que esta circunstancia que ha sido objeto de reivindicación constante por parte de la entidad autonómica colegial se refrendada por los tribunales haciendo justicia a una situación que venía suponiendo una inaceptable agravio comparativo. Una satisfacción que se concreta también en que se equipare el trabajo que se realiza en ambos ámbitos a efectos de reconocimiento en los procesos selectivos de la Administración Pública. CECOVA

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