El Tribunal Supremo ha solicitado en un procedimiento ordinario para que la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) remita el contenido de estudios y formación teórica y práctica en la obtención del Grado de Enfermería, Medicina, Podología y Odontología, con expresión del número de créditos ECTS en cada caso.
El procedimiento es el resultado de un escrito registrado el 13 de diciembre de 2018 en este Tribunal Supremo, en representación del Colegio Oficial de Enfermeros de Castellón, cuya representación interpuso recurso contencioso-administrativo, contra el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los/as enfermeros/as.
Más tarde, y una vez consultado con la Administración, el 27 de diciembre de 2018 la parte recurrente solicitó «que se libre oficio a la ANECA para que remita el contenido de estudios y formación teórica y práctica en la obtención del Grado en lo estudios de Enfermería, Medicina, Podología y Odontología».
El contenido completo del fallo del Tribunal Supremo está disponible en el siguiente enlace. Tribunal Supremo / COECS.