La Mesa Sectorial de Sanitat ha aprobado con el voto favorable de CEMSATSE, UGT y SIMAP Intersindical Salut, el texto del nuevo Decreto de Plan de Ordenación de Recursos Humanos (PORH) 2017-2019, cuyo contenido es el resultado del trabajo conjunto realizado a lo largo de los últimos meses con las organizaciones sindicales a través de diferentes mesas técnicas.
El plan consolidará el cambio que se está desarrollando en las políticas de recursos humanos de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública para que transiten, desde un modelo clásico de Administración de Personal, a un modelo de Dirección Estratégica de los Recursos Humanos.
Para ello, las actuaciones previstas en este PORH serán, además de la elaboración de ratios que permitan la planificación y ordenación cuantitativa de la plantilla, la elaboración de descriptores de puestos tipo, la puesta en marcha de un marco normativo que regule la elaboración de los planes de formación anuales o el diseño de un cuadro de mando como instrumento de pilotaje de la función de recursos humanos en los diferentes Departamentos de Salud.
El PORH determinará, entre otras cuestiones, el detalle de las Ofertas Públicas de Empleo de los años 2017, 2018 y 2019 o la puesta en marcha de procesos de modificación de plantillas y de creación de plazas. También los criterios de funcionamiento que deben regular la Orden de Bolsa de Trabajo de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública.
Otros temas e instrumentos nuevos que aporta el PORH son el compromiso de elaboración de un plan para reducir la eventualidad del empleo, o los planes específicos de ordenación de recursos humanos para abordar procesos de integración de departamentos de salud o servicios dentro del sistema sanitario público.
Desempeño profesional más allá de los 65 años
Asimismo, el documento aborda los criterios con los que se podrá prorrogar el desempeño profesional más allá de la edad de la edad de jubilación forzosa y aspectos relacionados con la jubilación parcial anticipada.
Los trabajadores de la sanidad pública valenciana que lo soliciten podrán prolongar su etapa laboral más allá de los 65 años, hasta los 67 años, cuando se cumplan determinados requisitos relacionados con las necesidades objetivas de la organización, tal y como establece la normativa básica del Estatuto Marco. Estas condiciones están relacionadas con la falta de profesionales. Es decir, si en su categoría/ especialidad no existe disponibilidad de profesionales inscritos en las bolsas temporales de empleo (por categorías profesionales y ámbitos territoriales).
O, si en el caso de tratarse de categorías con tasas de empleo en las estadísticas nacionales superiores al 90%, por la eventual dificultad en la disponibilidad de candidatos de sustitución. Y, en todo caso, siempre que los niveles de desempeño profesional de la persona solicitante se encuentren dentro del estándar de actividad del ámbito funcional correspondiente.
Para las solicitudes que se efectúen tras haberse alcanzado la edad de 67 años, además de los criterios anteriores, se deberá tratar de profesionales cuya continuidad sea de especial interés para la administración sanitaria (en base a criterios como la calidad asistencial, técnica, investigadora, de compromiso con la organización y con la transmisión del conocimiento experto).
Jubilación anticipada parcial
El Plan de Ordenación de Recursos Humanos, además de la prolongación de la jubilación del personal sanitario, aborda también la franja de edad previa a la edad obligatoria de jubilación en puestos de trabajo donde las funciones se desempeñan con sometimiento a especiales niveles de penosidad, exigencia física, etc.,
La Consellería de Sanitat Universal i Salut Pública se compromete a impulsar estudios para el análisis de las cargas de trabajo y, en los casos que proceda, ampliar y mejorar los medios tecnológicos que ya se vienen utilizando al objeto de paliar esas condiciones desfavorables; potenciar las medidas preventivas y de protección necesarias para el personal que desempeñe dichas funciones, con la consiguiente adecuación de sus puestos de trabajo, en los términos que establezcan los servicios de prevención de riesgos laborales; y valorar la necesidad de dotación de recursos complementarios en los supuestos que así se determine tras el análisis de cargas de trabajo antes referido.
Además, la Consellería de Sanitat Universal i Salut Pública adquiere el firme compromiso de instar ante los órganos de la Administración Estatal que ostenten la competencia en materia de Administración Pública, para que se produzca la modificación normativa que permita la utilización del sistema de jubilación anticipada parcial. GVA / COECS.