El Diari de la Generalitat Valenciana ha publicado el decreto 69/2018, de 25 de mayo, del Consell, por el que se regulan los permisos para el personal gestionado por la conselleria competente en materia de sanidad por la participación en proyectos de cooperación al desarrollo sostenible o en acciones humanitarias internacionales. La información completa sobre este decreto está en el siguiente enlace.
Según recoge la resolución, este tipo de permisos será de aplicación al personal fijo, tanto estatutario como funcionario y laboral, que se gestiona por la conselleria competente en materia de sanidad, así como al personal temporal que lleve en el desempeño del puesto más de un año. En todo caso, la duración del permiso para el personal temporal estará condicionada a la duración de su nombramiento, detalla.
Los interesado podrán participar en proyectos de cooperación al desarrollo sostenible, así como en acciones humanitarias internacionales incluidas las emergencias, bien como cooperante o como personal voluntario, en los términos previstos en la legislación estatal o en la de la Comunitat Valenciana al respecto. Los permisos serán entre una semana y seis meses para la participación en programas acreditados de cooperación internacional al desarrollo sostenible. Para la participación en acciones humanitarias internacionales se podrá disfrutar de un permiso entre una semana y tres meses, que podrá prolongarse con carácter extraordinario hasta seis meses.
Tipo de organizaciones
Podrá autorizarse la participación en proyectos de cooperación al desarrollo sostenible, así como en acciones humanitarias internacionales que se promuevan tanto por organizaciones no gubernamentales inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, o en el de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo de la Administración General del Estado, por organismos internacionales que se encuentren avalados por el organismo competente, así como por administraciones públicas.
Según detalla la resolución, el personal presentará solicitud a la que se acompañe acreditación de la organización por cuenta de la cual participa, descripción del proyecto en el que prestará servicios, lugar de desarrollo y duración prevista, modalidad del vínculo y retribuciones que percibirá.
Retribuciones
Detalla la resolución que serán parcialmente retribuidos los permisos de hasta tres meses de duración. En el caso de permisos de hasta un mes, la retribución consistirá en el 70 % de las retribuciones íntegras que viniera percibiendo en el momento de solicitar el permiso. Para la determinación de la proporción de las retribuciones variables se tomará la media de las percibidas en los seis meses anteriores. En los permisos de más de un mes, durante el primer mes se percibirá el 70 % referido más arriba, y el 50 %, respecto de los mismos conceptos, al sobrepasar esa duración.
Los permisos de más de tres meses de duración se retribuirán con los citados 70 % durante el primer mes de su transcurso, con el 50 % el segundo y tercer mes, y a partir de tres meses los permisos tendrán el carácter de no retribuidos.
Para más información sobre este decreto los interesados pueden accede al siguiente enlace. Diari Generalitat Valenciana / COECS.