Las trabajadoras en situación de violencia de género podrán solicitar la movilidad de centro de trabajo a aquel que resulte más adecuado para su protección o para recibir la atención integral, sea en la misma o en distinta localidad, incluso de otra comunidad autónoma, de la que venía prestando sus servicios.
Así lo ha anunciado la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Carmen Montón, tras la firma del protocolo en la mesa sectorial. El protocolo tiene como objetivo regular el procedimiento de movilidad por razón de violencia de género de las empleadas públicas cuya gestión es competencia de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública independientemente de su relación jurídica o situación administrativa.
Carmen Montón ha destacado el compromiso de la Conselleria en la lucha contra la violencia de género. «Nuestros centros deben ser «espacios seguros y libres de violencia de género» también para las trabajadoras que la sufren. El protocolo que presentamos responde a nuestra implicación de una de las medidas que se establecen en el Plan de Igualdad», ha afirmado la consellera.
Esta medida se contempla en el I Plan de Igualdad de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, que establece diferentes medidas de sensibilización, detección precoz, prevención y protección de las mujeres en situación de violencia de género. De esta manera, el protocolo de actuación garantiza la agilidad en el cambio de puesto de trabajo, la confidencialidad durante la carrera administrativa, y el compromiso de minimizar los efectos que todo ello produce en las mujeres, manteniendo las condiciones retributivas de la trabajadora
Junto a la solicitud de movilidad se podrá solicitar, entre otras medidas, la reducción de jornada, la reordenación del tiempo de trabajo o la adaptación del puesto cuando sea necesaria para su intervención psicosocial o para atender adecuadamente las necesidades derivadas de su situación familiar.
Durante todo el procedimiento se protegerá su intimidad, en especial sus datos personales, los de sus familiares y los de cualquier persona que esté bajo su guardia o custodia.
Para asegurar la agilidad de la gestión, el cambio de puesto se resolverá en el plazo máximo de quince días desde la entrada de la solicitud que se puede realizar de forma presencial u online. La presentación online de la solicitud de movilidad evitará la revictimización de la mujer, haciendo innecesaria su presencia física en la iniciación del procedimiento.
La mujer se incorporará al nuevo puesto en tres días si el puesto es en la misma localidad o dentro de un mes si es en una localidad distinta a partir de que se le comunique su cambio de destino.
Asimismo, el protocolo contempla el traslado de quienes tengan a su cargo bajo su patria potestad, tutela o guarda con fines de adopción o acogimiento, a una menor o a una persona con discapacidad que tenga la condición de maltrato por violencia de género, en aquellos supuestos en los que la situación de la víctima aconseje un cambio de localidad de la residencia familiar.
Este protocolo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. No obstante, se aplicará a los procedimientos iniciados en los que no haya recaído resolución expresa. GVA / COECS.