El Servicio Extremeño de Salud ha abierto la convocatoria para la inscripción de las peronas interesadas en cuatro bolsas de empleo de diersas categorías de Enfermería. Concretamente se han abierto las bolsas de Enfermero/a Especialista del Trabajo, Enfermero/a de Atención Continuada, Enfermero/a de Urgencias de Atención Primaria y Enfermero.
El plazo de inscripción es de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Extremadura de (se publicó el pasado 3/10/2014) sin perjuicio de que esta bolsa de trabajo tenga carácter abierto y permanente y puedan inscribirse nuevos aspirantes o actualizar méritos los aspirantes ya inscritos en el plazo inicial de inscripción, a partir del día siguiente al de la finalización del plazo inicial de 20 días naturales.
El aspirante que desee formar parte de la Bolsa de Trabajo deberá registrarse y completar la solicitud de inscripción mediante un proceso telemático que se inicia con la inscripción en el registro de la Bolsa de Trabajo. Será necesario obtener un código de acceso de identificación personal para poder realizar cualquier gestión relacionada con la Bolsa de Trabajo. Para ello, el aspirante deberá inscribirse con un nombre de usuario y contraseña, que se obtendrán al registrarse en el apartado «Inscripción Bolsa Trabajo» de la página web convocatoriasses.gobex.es. Este usuario y contraseña serán únicos para cada aspirante, el cual será responsable de los datos grabados.
Una vez cumplimentado todo el proceso anterior, el sistema generará una solicitud con un número de control que el aspirante deberá imprimir y registrar junto con los documentos acreditativos de los requisitos y méritos alegados.
La documentación a aportar por parte de los interesados en formar parte de estas bolsas es la siguiente:
a) Fotocopia compulsada del DNI o pasaporte.
b)Fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica de Graduado/a en Enfermería, Diplomado Universitario en Enfermería, Ayudante Técnico Sanitario o equivalente.
c) Documentos originales o copias compulsadas acreditativas de los méritos registrados lo más actualizados posible, para la generación de la valoración de sus méritos.
Los títulos y méritos deberán estar expedidos en castellano. Respecto a aquellos títulos y méritos aportados que hayan sido expedidos en otro idioma distinto del castellano, se acreditarán por medio de certificación oficial expedida por el órgano que proceda, acreditando su traducción por el Organismo Oficial correspondiente y, de ser necesario, se exigirá su homologación por parte de la oficina diplomática española del país de que se trate. La presentación de las certificaciones oficiales de títulos y méritos expedidos en otro idioma distinto del castellano, así como de sus correspondientes traducciones y homologaciones.
Los lugares de presentación serán el Registro de los Servicios Centrales del Servicio Extremeño de Salud, los Registros de las Gerencias de Área del Servicio Extremeño de Salud, los registros de los Centros de Atención Administrativa y Oficinas de Respuesta Personalizada o cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJPAC). También cabe la posibilidad de presentar la documentación en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado. Gabriel Ferrándiz/COECS.