El pasado lunes 25 de febrero la conselleria de Sanitat publicó el listado definitivo de aprobados/as en la OPE 2016/2017, comenzándose entonces el periodo de presentación de méritos de las personas que han aprobado (anexo II de la resolución).
La resolución está accesible en el siguiente enlace.
A continuación te detallamos cuáles son los méritos que se pueden alegar, según la resolución de 2 de octubre de 2017, del director general de Recursos Humanos y Económicos, que se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana el pasado día 10 de octubre de 2017
- Formación académica, hasta un máximo de 10 puntos:
1.1. Estudios de licenciatura o diplomatura o bachiller o ciclos formativos de grado superior o medio, hasta un máximo de 5 puntos.
1.2. Estudios de doctorado, hasta un máximo de 5 puntos.
2. Formación especializada, hasta un máximo de 30 puntos:
2.1. Ostentar otra licenciatura o diplomatura o título de formación profesional relacionados con las funciones del puesto y la categoría a la que se opta, distintos y no de inferior nivel a la titulación requerida como requisito en la convocatoria.
2.2. Exclusivamente de aplicación al personal sanitario: ostentar una especialidad de enfermería.
2.3. Se valorarán los cursos, cursos superiores, diplomas o másteres que hayan sido cursados por el interesado.
3. Experiencia profesional, hasta un máximo de 45 puntos:
3.1. Por cada mes completo de servicios prestados en la misma categoría y especialidad en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud.
3.2. Por cada mes completo de servicios prestados en puesto de alto cargo, cargos intermedios, puestos directivos o de libre designación, o puestos con funciones de inspección de servicios sanitarios.
3.3. Por cada mes completo de servicios prestados en distinta categoría en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud.
3.4. Por cada mes completo de servicios prestados de carácter asistencial o de coordinación y dirección en programas de cooperación internacional en virtud de convenios o acuerdos organizados o autorizados por la Administración Pública.
3.5. Por cada mes completo de servicios prestados en la misma categoría y especialidad en cualquier administración pública o en instituciones acreditadas para la formación de la especialidad que se trate.
3.6. No podrán valorarse por más de un apartado servicios prestados simultáneamente en el tiempo.
4. Otras actividades, hasta un máximo de 10 puntos
4.1. Por la realización de trabajos científicos y de investigación, de acuerdo con la siguiente tabla de cálculo.
4.2. Profesor asociado, o titular o catedrático en ciencias de la salud.
4.3. Por formar parte de comisiones clínicas de control de calidad acreditadas en instituciones sanitarias públicas, con certificación emitida por el director de las mismas.
4.4. Por actividades como tutor de residentes, disfrute de becas de estudio y/o investigación, así como por reunir otros méritos o haber realizado actividades relevantes relacionadas con la especialidad, no previstas en los apartados anteriores.
5. Conocimientos de valenciano, hasta un máximo de 5 puntos.